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Mucho más que una agencia de comunicación

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Argentina. Milei modifica por decreto, la Ley de Inteligencia, crea 2 organismos interinstitucionales, declara “encubiertas” a todas las actividades de inteligencia y habilita a la SIDE a «proceder a la aprehensión de personas».

Según el Gobierno, la reforma de la Ley de Inteligencia sale por decreto porque no se puede esperar a la apertura del período parlamentario 2026 en el Congreso…

El DNU 9417/25 publicado en el Boletín Oficial el primer día hábil del año 2026, establece cambios fundamentales en la Ley de Inteligencia (N° 25520) bajo la premisa de articular acciones para mejorar la seguridad nacional.

Una modificación estratégica es la separación de ciberseguridad de ciberinteligencia y la reorientación de la Agencia de Seguridad Nacional hacia la contrainteligencia.

En una línea clara de concentración de decisiones, la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), pasa tener la dirección estratégica del sistema.

Así se imponen -por decreto de necesidad y urgencia- cambios estructurales en la organización, funciones y conducción del sistema de inteligencia nacional y se afectan ejes importantes para la preservación de los derechos individuales.

Con la modificación de la estructura y el cambio en las funciones, la SIDE reúne poder y autoridad al quedar a cargo de la dirección estratégica del nuevo esquema organizativo. Además, todas sus actividades pasan a ser “encubiertas”. Ni siquiera “secretas”, como en la época macrista, lo que le aporta más opacidad a la nueva realidad.

El Servicio de Inteligencia Argentino (SIA) que focaliza el exterior sigue sin modificaciones. La Agencia de Seguridad Nacional (ASN) cambia funciones y pasa a ser Agencia Nacional de Contrainteligencia (ANC).

Es en esa línea que se crean 2 organismos que articulan acciones y cambian la estructura funcional del sistema de inteligencia: la CIFN –Comunidad Informativa Nacional– y la CITN –Comunidad de Inteligencia Nacional-.

También separa ciberseguridad de ciberinteligencia y reorienta la Agencia de Seguridad Nacional hacia la contrainteligencia.

Así se imponen por norma de necesidad y urgencia, cambios estructurales en la organización, funciones y conducción del sistema de inteligencia nacional y se afectan ejes importantes para la preservación de los derechos individuales.

El espectro político reacciona

Mientras, Karina Milei se posiciona cada vez, con más poder. Es que entre todos los cambios y readecuaciones, se crea una nueva oficina de Inteligencia en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Manuel Adorni. Antes, esa autoridad solo la ejercía Santiago Caputo.

Leopoldo Moreau, expresidente de la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia (CBI) sostiene que se trata de “la creación de una policía secreta, ya no se trata de un organismo de inteligencia”.

Por su parte, el diputado nacional Agustín Rossi con experiencia como exinterventor de la AFI, coincide con la opinión de Moreau y afirma que “Es muy grave”. También plantea lo que considera los 5 puntos clave de la reforma:

– La posibilidad de detener sin orden judicial (“…En el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial y/o comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas…”);

– La SIDE puede requerir tareas de inteligencia a las Fuerzas Armadas y a las de seguridad;

– Los militares negocian presupuesto y recursos con el jefe de la SIDE;

– Se elimina la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar -DNIEM- (lo que militariza aún más la política de defensa) y

– la contrainteligencia investigará las fugas de información (lo que se puede leer como una herramienta para perseguir al periodismo).

Habrá que ver cómo sigue o si la oposición logra detenerlo de alguna forma.

Según declaraciones del diputado socialista Esteban Paulón, se intentará derogar el DNU a través de un proyecto que entraría a la brevedad en la Cámara de Diputados.

En la misma línea, Christian “Chipi” Castillo (FIT) sostiene que es necesaria la anulación del DNU y afirma que el mismo “implica un salto en el espionaje a opositores políticos y periodistas y en la legalización de un estado policial”.

La Coalición Cívica en la voz de Maximiliano Ferraro, les reclamó a Martín Menem y a Victoria Villarruel la regularización de la situación de la Comisión Bilateral Inteligencia del Congreso, encargada de controlar lo que sucede en la SIDE.

En fin, lo que busca el DNU es alcanzar resultados que se vienen gestando en el sistema de inteligencia y seguridad nacional desde hace un tiempo. Fue en julio del 2025 cuando el gobierno revivió la SIDE. Luego toma su control total y ahora la convierte en un centro de poder y autoridad del sistema de inteligencia nacional.

Junto a esto, al leer el texto del artículo 10 nonies del DNU se detecta que a los órganos del Sistema de Inteligencia Nacional -SIN- se les otorga una cesión de competencias tal, que casi raya en la autarquía cada uno dentro del propio Estado, cuando de Inteligencia se trate.

Es que deja muy en claro que los órganos del SIN -Sistema de Inteligencia- son responsables de “su propia seguridad y protección de las instalaciones, bienes, personal, operaciones e información, encontrándose habilitados a repeler y/o hacer cesar las agresiones que los pongan en riesgo. Lo podrán hacer en toda instalación, durante el desplazamiento, o en los lugares donde se desarrollen las actividades de inteligencia, ya sea en forma permanente, transitoria o circunstancial.”

–A continuación, los textos de los 2 artículos que determinan cómo quedan conformadas estas 2 comunidades claves en la nueva estructura.

ARTÍCULO 10 ter.- La COMUNIDAD DE INTELIGENCIA NACIONAL (CITN) estará integrada por:

  1. Los órganos y organismos que integran el SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN);
  2. La DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA dependiente de la SUBJEFATURA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE EJÉRCITO del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO ARGENTINO (DGIE);
  3. La DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA DE LA ARMADA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DEL ESTADO MAYOR DE LA ARMADA de la SUBJEFATURA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA del ESTADO MAYOR DE LA ARMADA ARGENTINA. (DGIA);
  4. La DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA dependiente de la SUBJEFATURA DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA (DGIFAA);
  5. La DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL DE LA POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (DGIPF);
  6. La DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL E INVESTIGACIONES DE LA GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA (DGIGN);
  7. La DIRECCIÓN DE INTELIGENCIA CRIMINAL E INVESTIGACIONES DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (DGIPNA);
  8. El DEPARTAMENTO DE INTELIGENCIA CRIMINAL AEROPORTUARIA DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (DICA);
  9. El DEPARTAMENTO DE INTELIGENCIA PENITENCIARIA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL (DIPE);
  10. La UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA, con los alcances prescritos por la Ley N° 25.246 y sus modificaciones y las recomendaciones del GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI);
  11. Los órganos y organismos con similares competencias y/o los que reemplacen a los anteriormente nombrados y/o los que se creen a futuro de interés para la producción de inteligencia, que el PODER EJECUTIVO NACIONAL integre a la COMUNIDAD DE INTELIGENCIA NACIONAL (CITN) a propuesta del Secretario de Inteligencia de Estado y
  12. Los órganos y organismos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que se incorporen a través de la celebración de los correspondientes convenios”.

ARTÍCULO 10 quinquies.- La COMUNIDAD INFORMATIVA NACIONAL (CIFN) estará integrada por:

  1. Los órganos y organismos que integran el SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL;
  2. El MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO;
  3. El MINISTERIO DE JUSTICIA;
  4. El MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL;
  5. El REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR;
  6. La DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES (DNM), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL;
  7. El CENTRO NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD (CNC), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS;
  8. La COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS;
  9. La AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN;
  10. La COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ASUNTOS NUCLEARES del MINISTERIO DE ECONOMÍA;
  11. La COMISIÓN NACIONAL DE CONTROL DE EXPORTACIONES SENSITIVAS Y MATERIAL BÉLICO (CONCESYMB);
  12. El REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR), organismo desconcentrado dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL;
  13. La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS (DGA) de la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA;
  14. Los órganos y organismos nacionales que el PODER EJECUTIVO NACIONAL integre a la COMUNIDAD INFORMATIVA NACIONAL (CIFN) a propuesta del Secretario de Inteligencia de Estado y
  15. Los órganos y organismos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que se incorporen a través de la celebración de los correspondientes convenios”.

La COMUNIDAD DE INTELIGENCIA NACIONAL (CITN) funcionará como un ámbito interinstitucional permanente con la finalidad de integrar y coordinar la producción de Inteligencia Nacional generada por los distintos órganos y organismos que la componen”.

+ info: texto completo del DNU 941/25 – Boletín Oficial del 2 de enero de 2026

Redacción Universo Parlamentario – Fuentes oficiales y periodísticas